viernes, 30 de septiembre de 2016

Eres de donde son tus padres, no de donde naces.




Mucha gente cree, incluida yo hasta hace algún tiempo, que si un niño nace en España es español, pensamiento lógico si nos fijamos en la definición de nacionalidad dada por la RAE ``vínculo jurídico de una persona con un Estado, que le atribuye la condición de ciudadano de ese Estado en función del lugar en que ha nacido, de la nacionalidad de sus padres o del hecho de habérsele concedido la naturalización ".  Y, además, si no eres de donde has nacido, ¿de dónde eres? Pues según la constitución española los niños y niñas nacidos de dos progenitores extranjeros no son españoles al nacer, obtendrán la residencia para vivir legalmente en el país en el que han nacido y eso luego de haber recibido la nacionalidad de uno de sus padres, tiempo durante el cual el niño no es de ningún lado (apátrida) y hasta un año después podrán optar por la nacionalidad.
¿Es esto justo? ¿Es necesario?
Este es un claro ejemplo de que hay Derecho aunque no hay derecho.

viernes, 23 de septiembre de 2016

La seguridad jurídica que garantiza la constitución



Aunque pueda generar cierta desigualdad la constitución garantiza la  iretroactividad de las leyes y con ello seguridad jurídica.

El transcurso del tiempo tiene una influencia decisiva en el Derecho,  pues las normas nacen para responder a una necesidad momentánea y su permanencia dependerá de la situación social, ya que el sistema jurídico debe adaptarse a las nuevas situaciones. Otra razón para ver justa esta decisión.

La inexistencia de esta garantía supondría incertidumbre en la sociedad pero da bastante seguridad saber que aquellas leyes que puedan ser desfavorables no afectarán hechos pasados, salvo que la ley diga lo contrario.

viernes, 16 de septiembre de 2016

No hay derecho

No hay derecho. Normalmente es una frase exclamativa que utilizamos para expresar nuestra indignación ante una injusticia, pero, ¿la escribimos bien o debemos ponernos en contexto para hacerlo? Pues sí, porque todo aquello relacionado con el Derecho depende de algo.

Si escribimos derecho (d minúscula) nos referimos al poder de exigir, a una obligación, a la parte subjetiva; pero cuando hablamos de Derecho (D mayúscula) hablamos del conjunto de normas.

Así que nos tocará analizar si esa situación que nos causa indignación al parecernos injusta lo es porque no hay derecho o porque no hay Derecho. Cuando puede que haya de uno y no de otro o de ambos a la vez.