Servidumbre de paso: apertura o alineamiento de camino que facilite el acceso por la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar a la playa, está determinado en un plano de delimitación de la zona federal marítimo terrestre. Es el derecho que tiene el propietario de una finca rústica que está en medio de otras pertenecientes a otras personas y sin salida a camino público, para exigir el paso por las fincas vecinas, previa la correspondiente indemnización. Por tanto se trata de un camino que pasa por la finca o fincas de otras personas para poder acceder del camino a la tierra que no tiene acceso directo al camino.
Este derecho me parece interesante ya que para el disfrute de un derecho (propiedad en este caso) no hay que desfavorecer a otro y en este caso se ve una protección de una persona frente a otra.